
"El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia, aplicable a los 43 afectados demandantes, por la que se suspende la ejecución del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) aprobado para 246 trabajadores de EFE hace ahora siete años. El Supremo no se pronuncia sobre si el ERE fue legal o no, ya que ese aspecto será objeto de una futura sentencia que está pendiente de resolver.Aunque técnicamente el Supremo no ha resuelto todavía sobre el fondo del ERE, la sentencia tiene trascendencia en cuanto al momento en que los afectados fueron obligados a dejar la empresa en contra de su voluntad, según diversas fuentes jurídicas. El fallo significa que, al suspenderse la ejecución, el ERE no sería aplicable hasta el momento en que el Supremo se pronuncie sobre el fondo del asunto. Ello requiere volver al momento en que la empresa aplicó el ERE. En definitiva, al haberse suspendido, pueden derivarse consecuencias laborales y económicas aún inciertas.Esta sentencia se dicta siete años después de que la Dirección de EFE ejecutara el ERE, que ahora queda suspendido, y echara de la agencia a los compañeros afectados. Aquellos que no hayan alcanzado los 65 años, edad de jubilación, podrían pedir el reingreso en la empresa y los atrasos de las retribuciones que no percibieron. Las fuentes jurídicas consultadas precisaron que lo lógico sería que los afectados pidan al Supremo que con urgencia mande a la Audiencia Nacional la sentencia para su conocimiento y ejecución y, en ese momento, pidan el reingreso y las retribuciones dejadas de percibir."
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