
Que sepamos, sólo APLI y USO publicaron en su día un proyecto de ERE que evitaba discriminaciones con los elementos variables (los pluses). Esperando que sus tesis se impongan por pura razón de justicia, reproducimos la propuesta de U.S.O. sobre el Salario Regulador de la Prejubilación por considerarla la más rigurosa:
a) Conceptos fijos:
- Salario base (una vez aplicados los acuerdos del XVII convenio), trienios (incluidoel que esté en trance de adquisición) y CFV, de la última nómina multiplicado por12, más las pagas extraordinarias de junio y diciembre, más la paga deproductividad (según lo establecido en el XVII convenio), más la paga deseptiembre.
- Complemento de insularidad multiplicado por 12.
- El importe al Fondo de Pensiones que la empresa aporta a cada trabajador por12.
b) Conceptos variables:
- Complementos de puesto de trabajo (programas, disponibilidad, nocturnidad,peligrosidad, toxicidad, polivalencia, idiomas, módulos de festivos, complementode dirección, de mando orgánico, de responsabilidad etc.)
- La anualidad en los conceptos variables será elegida por el trabajador.
- Todos los trabajadores afectados tendrán a efectos de cómputo un complementode trabajo. En caso de no tener ninguno se le aplicará el de disponibilidad A.
3 comentarios:
Volvemos a animaros a que hagáis aportaciones al blog, si no, creemos que no pintamos nada con nuestro modesto esfuerzo para que la prejubilación salga lo menos mala posible.
Sabe alguien cómo han quedado las desconexiones territoriales, provinciales y locales en Radio 1 y Radio 5?
En detalle no lo sé, pero como el culo. A ver si alguno sabe más
Publicar un comentario